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PREGUNTAS FRECUENTES NAVEGADOR GOOGLE CHROME.pdf (406.42 KB)
La Subdirección de Tránsito a través del aplicativo HQ-RUNT puede realizar la novedad. Este proceso se puede consultar en el instructivo SG.I.231 Registrar Novedad Levantamiento Suspensión PNJ
El requisito que debe cumplir la entidad suspendida es tener el certificado de acreditación y/o certificación según corresponda, el cual debe estar vigente.
La Subdirección de Tránsito mediante el aplicativo HQ-RUNT, puede realizar una novedad a la información de la entidad, a través de la cual se actualizará la información del actor en el RUNT, lo cual se puede consultar en el instructivo SG.I.233 Registrar Novedades a PNJ
(Los instructivos pueden ser consultados en la opción “Instructivos y Manuales” de esta misma sección de la página web).
Se debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al Centro de ayuda y servicios: 018000930060 línea nacional, o (1) 4232221 línea Bogotá, en el cual se confirme el rango y la entidad a la cual se le va a realizar la asignación.
El interesado debe acercarse al organismo de tránsito correspondiente con las pruebas que posea y presentar su requerimiento.
Es importante, tener en cuenta que para los temas correspondientes a multas e infracciones de tránsito los ciudadanos deben dirigirse a la ventanilla del SIMIT.
El SIREV, que por su sigla significa Sistema de Recaudo de Especies Venales, es el mecanismo a través del cual, el Ministerio de Transporte, a partir del 1 de agosto de 2004 y hasta el 2 de noviembre de 2009, verificaba el pago efectuado por el ciudadano respecto de los derechos de asignación de rangos de placas, licencias de tránsito y licencias de conducción, con relación a los trámites que se realizan ante los organismos de tránsito.
Con la entrada del sistema RUNT, el SIREV se reemplazó.
La Superintendencia de Puertos y Transporte valida las solicitudes, quejas y reclamos de los usuarios que no pueden realizar trámites ante los Organismos de Tránsito, demora en la atención en los requerimientos solicitados, validación de la información que no ha sido cargada en migración.
De igual forma, solicita información relacionada con Otros Actores, Centro Diagnóstico Automotor, Centro de Reconocimiento de Conductores y Centro de Enseñanza Automovilística, que se encuentran activos (habilitación y/o inhabilitación) a nivel nacional; así como también, lo relacionado con los certificados expedidos por los mismos y lo demás que considere relacionado con dichas entidades.
Esta información se puede remitir a través del correo correspondencia.judicial@runt.com.co recuerde que este correo es un canal exclusivo para el envío de demandas y acciones de tutela.
Los Organismos de Tránsito del país, las Direcciones Territoriales y los Otros Actores que interactúen con el sistema, no deberán adquirir software alguno para acceder al RUNT, ya que se suministrarán licencias ilimitadas del software HQ- RUNT, a los actores autorizados y registrados.
Todo funcionario que registre información en el RUNT, aparte de tener un certificado digital, debe contar con un usuario y una clave asignada para interactuar con el aplicativo HQ- RUNT
Al momento de adjuntar los documentos solicitados, se debe crear una carpeta, la cual debe estar comprimida en formato (.Zip) y solo se debe firmar digitalmente la carpeta comprimida.
Sí, cada documento anexo debe estar firmado digitalmente.
Si se trata de un certificado digital entregado en el KIT del RUNT se debe generar ticket a través de la herramienta Remedy, para brindar el soporte correspondiente.
Si es un certificado digital adquirido por su entidad se debe establecer comunicación con el proveedor del certificado digital, para que le brinde el respectivo soporte.