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PREGUNTAS FRECUENTES NAVEGADOR GOOGLE CHROME.pdf (406.42 KB)
La Concesión RUNT entregará a cada Organismo de Tránsito que haya sido creado antes del 6 de junio de 2007, fecha de la firma del contrato de la Concesión, sin costo alguno y mediante acta, un (1) denominado kit básico, suficiente para dotar totalmente una estación de trabajo.
Si, antes de realizar la solicitud de creación usuario a través de la herramienta Remedy, es necesario que el funcionario haya presentado y aprobado la evaluación de capacitación publicada en la página web de RUNT, esta se aprueba con el 80% de aciertos y se puede realizar cada 24 horas, la evaluación se encuentra en el siguiente enlace: http://www.evaluacionesrunt.com/
La contraseña debe cambiarse cada 30 días.
El usuario HQ-RUNT se inactiva por el no ingreso del usuario durante 30 días consecutivos.
Para realizar la inscripción sin huella se debe registrar el certificado sin huella previamente a la inscripción de persona natural.
Luego, cuando se realiza la inscripción del ciudadano que no posee huella, el sistema valida que se haya cargado la certificación del ente que le certificó a la persona sin huella, de esta manera el sistema no validará la huella al momento de hacer el registro del ciudadano ante el RUNT.
En el menú principal de HQ-RUNT, seleccione la opción Incorporar Autorizaciones / Certificaciones - Registro de información – Registrar Persona sin Huella del menú principal, opción disponible sólo para Organismos de Tránsito
El Organismo de Tránsito debe solicitar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al * 1000, los soportes que debe adjuntar son: acto administrativo firmado digitalmente.
Las placas de Remolque y Semirremolque no se preasignan, una vez registrado el certificado de registro se debe proceder al registro inicial, lo anterior, teniendo en cuenta la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012.
Antes de la preasignación de la placa el Organismo de Tránsito debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy o solicitar un servicio al * 1000, donde solicite el cambio de servicio de la placa o placas requeridas en el servicio oficial, luego se procede con la matrícula de la motocicleta normalmente.
No Usado: es aquel vehículo que no ha sido comercializado dentro del año modelo asignado por el ensamblador o fabricante y que no ha sido sometido a registro inicial previamente. Es de resaltar que estos vehículos se podrán comercializar y registrar con posterioridad al año del modelo siempre que la factura corresponda a un período no mayor a 60 días hábiles anteriores a la fecha en que se solicita el registro inicial.
Nuevo: entendiéndose como tal el vehículo comercializado durante el año del modelo asignado por el fabricante o ensamblador.
Remate o Adjudicación: Transferencia de un bien a través de martillero o subastador, mediante una subasta o venta pública, con lo cual se expide un documento oficial de remate o adjudicación. El registro de los vehículos no registrados de propiedad de las entidades de derecho público, rematados o adjudicados a cualquier título traslaticio del dominio, sobre los cuales no exista certificado individual de aduana, declaración de importación ni factura de venta, requiere que el Organismo de tránsito, previo a la solicitud del trámite de Registro inicial ante el RUNT, registre directamente en el sistema la información del acta de remate o adjudicación de vehículo, emitido por alguna de las autoridades correspondientes (DIAN, Martillo–Banco Popular, Fondos Rotatorios, Entidades de Derecho Público).
Es de aclarar que los vehículos tipo bombero y vehículos donados serán registrados como remate o adjudicación siempre y cuando se encuentran dentro de los 20 años de su vida útil.
El Organismo de Tránsito debe solicitar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000. Los soportes que debe adjuntar son: acta de Importación, adicionalmente debe especificar dentro de la información el incidente los siguientes datos de la declaración de importación:
Los tiempos de impresión y reimpresión para las Licencia de conducción son:
Los tiempos de impresión y reimpresión para las Licencia de tránsito son:
La resolución 5646 de 2009 dicta las especificaciones del formato de VIN, este estándar es internacional y todo fabricante fuera o dentro del país debe cumplir con ellas, así el VIN debe tener 17 caracteres alfanuméricos, en números arábigos y sin incluir las letras O, I, Q, Ñ, los cuatro últimos caracteres deben ser números; si no cumple con dichas especificaciones, el sistema alertara con un mensaje.
No, de acuerdo con la resolución 1068 del 23 de abril de 2015 la maquinaria no requiere de placas para la matricula, el sistema asigna el número único de identificación así:
La opción se dispuso para los ciudadanos, existe un módulo en la página web del RUNT, en el cual el ciudadano puede generar la guía de movilización en el siguiente enlace: https://www.runt.com.co/ciudadano/consulta-guia-movilizacion
De acuerdo con la Resolución 1068 del 23 de abril 2015 y comunicado 20164010173761 de abril de 2016 es necesario dicho registro.
El registro de accidentalidad está a cargo de los organismos de tránsito, DITRA (Dirección de Tránsito y Transporte – Policía Nacional) y Alcaldía de acuerdo con la resolución 12379 del 28 de diciembre de 2012.
Se debe utilizar el formato de la resolución 11268 del 6 de diciembre de 2012.
No, para el cargue de accidentalidad en el HQ-RUNT se deben utilizar los rangos asignados por RUNT.
La resolución 0000793 del 3 de abril de 2013 indica que para el trámite de otorgamiento o recategorización de la licencia de conducción, los organismos de tránsito deberán verificar en línea con el sistema RUNT que el Centro de Enseñanza Automovilística se encuentra habilitado por el Ministerio de Transporte y se ubica en el mismo departamento en el que se adelanta el trámite.
El Organismo de Tránsito debe generar ticket a través de la herramienta Remedy o llamar al * 1000. Los soportes que debe enviar son: oficio de solicitud con fecha reciente, última licencia de tránsito y certificado de nueva residencia (esto cuando se trate de una radicación de cuenta) y cuando sea rango propio. Adicionalmente, deben anexar manifiesto o factura de compra, firmados digitalmente.
El Organismo de Tránsito debe generar la solicitud a través de la herramienta Remedy o llamando al * 1000. Los soportes que debe aportar son: acto administrativo y los soportes correspondientes, teniendo en cuenta la normatividad vigente, los soportes deben estar firmados digitalmente.
Se debe seleccionar la opción Incorporar Autorizaciones /Certificaciones/ Cargue/ cargue archivo de migración, seleccionar RNA y buscar la ruta donde tenga guardado el archivo a cargar y finalizar.
Es necesario generar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al * 1000. Los soportes que debe adjuntar son: archivo plano correspondiente a prendas firmado digitalmente, el estándar que se encuentra en la página web en la sección de Formatos- (Formato estándar RNA final). Se debe tener en cuenta que el sistema genera un boletín de lectura del archivo, el cual puede estar aprobado o rechazado.
De acuerdo con el comunicado 129 de noviembre 19 de 2018, la corrección de propietarios se realiza a través de la nueva funcionalidad de HQ-RUNT: Modificar propietarios migrados, la cual está ubicada en el menú principal Radicar/Entregar – Registrar Solicitud - Automotores - Modificar propietarios migrados. Si el sistema le genera algún error puede reportarlo al *1000 en caso de tener IP directa.
Es necesario que el Organismo de Tránsito genere un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000. Los documentos que debe adjuntar son: oficio de solicitud firmado digitalmente donde especifique la placa y el motivo por el cual está solicitando la eliminación, ejemplo; migrado por error, no pertenece al Organismo de Tránsito o no fue un rango asignado por el Ministerio de Transporte.
El Organismo de Tránsito debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000, los documentos que debe adjuntar son oficio de solicitud y el soporte según sea el tipo de modificación, los mismos deben estar firmados física y digitalmente.
Soportes según tipo de cambio: |
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TIPO CAMBIO |
DOCUMENTOS REQUERIDOS |
ACTIVO A CANCELADO |
Resolución de cancelación de matrícula |
ACTIVO A TRASLADADO (INCONSISTENTE) |
Certificado de nueva residencia expedido en su momento por el organismo de tránsito. |
CANCELADO A ACTIVO |
Última Licencia de Tránsito |
CANCELADO A TRASLADO |
Certificado de nueva residencia expedido en su momento por el organismo de tránsito. |
TRASLADADO A ACTIVO Si en vehículo ya se reflejan en plataforma en estado INCONSISTENTE |
Última Licencia de Tránsito |
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Certificado de devolución de Documentos |
Nota: es necesario tener en cuenta que si el vehículo fue migrado por error en estado inconsistente y no se refleja en plataforma RUNT, es necesario que realicen nuevamente el proceso normal de migración, cargando los archivos planos a través del portal HQ-RUNT.
El Organismo de Tránsito debe generar el archivo plano de Repotenciados según el Radicado MT No. 20124210084171 del 22/02/2012 expedido por el Ministerio de Transporte; para este procedimiento es necesario generar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al * 1000, el archivo debe estar firmado digitalmente, se debe tener en cuenta que el sistema genera un boletín de lectura del archivo, el cual puede estar aprobado o rechazado.
Lo primero es revisar que no exista un error en la placa reportada por migración, de lo contrario se debe tener en cuenta lo contemplado en la Resolución 10378 de 1 de noviembre de 2012.
El Organismo de Tránsito debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamar al *1000 y solicitar el servicio. Los soportes que debe aportar son: oficio de solicitud y la licencia de tránsito firmados digitalmente, donde se evidencie el servicio a corregir.
Se debe remitir al Ministerio de Transporte la solicitud de parametrización, anexando la resolución de asignación de rangos expedida por el Ministerio de Transporte; a su vez esta entidad se encargará de revisar el caso y remitir la autorización a RUNT para la parametrización.
El Organismo de Tránsito debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamar al *1000 y solicitar el servicio; los soportes que debe aportar son oficio de solicitud y licencia de tránsito en formato de placa 3 – 3 firmados digitalmente.
El Kit RUNT consta de:
Cualquier incidente relacionado con el funcionamiento del kit provisto por el RUNT deben ser reportados a la mesa de ayuda del RUNT. Los teléfonos de contacto son:
Extensión IP: *1000
Teléfono fijo en Bogotá: (1) 4232221
Línea nacional: 018000930060.
Los documentos son:
Si se trata de un certificado digital entregado en el KIT del RUNT se debe generar ticket a través de la herramienta Remedy, para brindar el soporte correspondiente.
Si es un certificado digital adquirido por su entidad se debe establecer comunicación con el proveedor del certificado digital, para que le brinde el respectivo soporte.
Al momento de adjuntar los documentos solicitados, se debe crear una carpeta, la cual debe estar comprimida en formato (.Zip) y solo se debe firmar digitalmente la carpeta comprimida.
Todo funcionario que registre información en el RUNT, aparte de tener un certificado digital, debe contar con un usuario y una clave asignada para interactuar con el aplicativo HQ- RUNT.
Los Organismos de Tránsito del país, las Direcciones Territoriales y los Otros Actores que interactúen con el sistema, no deberán adquirir software alguno para acceder al RUNT, ya que se suministrarán licencias ilimitadas del software HQ- RUNT, a los actores autorizados y registrados.
Esta información se puede remitir a través del correo correspondencia.judicial@runt.com.co recuerde que este correo es un canal exclusivo para el envío de demandas y acciones de tutela.
La Superintendencia de Puertos y Transporte valida las solicitudes, quejas y reclamos de los usuarios que no pueden realizar trámites ante los Organismos de Tránsito, demora en la atención en los requerimientos solicitados, validación de la información que no ha sido cargada en migración.
De igual forma, solicita información relacionada con Otros Actores, Centro Diagnóstico Automotor, Centro de Reconocimiento de Conductores y Centro de Enseñanza Automovilística, que se encuentran activos (habilitación y/o inhabilitación) a nivel nacional; así como también, lo relacionado con los certificados expedidos por los mismos y lo demás que considere relacionado con dichas entidades.
El SIREV, que por su sigla significa Sistema de Recaudo de Especies Venales, es el mecanismo a través del cual, el Ministerio de Transporte, a partir del 1 de agosto de 2004 y hasta el 2 de noviembre de 2009, verificaba el pago efectuado por el ciudadano respecto de los derechos de asignación de rangos de placas, licencias de tránsito y licencias de conducción, con relación a los trámites que se realizan ante los organismos de tránsito.
Con la entrada del sistema RUNT, el SIREV se reemplazó.
El interesado debe acercarse al organismo de tránsito correspondiente con las pruebas que posea y presentar su requerimiento.
Es importante, tener en cuenta que para los temas correspondientes a multas e infracciones de tránsito los ciudadanos deben dirigirse a la ventanilla del SIMIT.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje, deberá cerciorarse primero que ha registrado correctamente el número del sustrato al momento de realizar la impresión. Si verificado lo anterior persiste el error, deberá generar un ticket mediante la herramienta Remedy o llamando al *1000, para que se verifique el caso a través de los cargues realizados por los proveedores de sustratos autorizados.
El usuario con número de cédula XXX ya se encuentra inscrito ante el RUNT.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje, debe verificar que ha registrado y/o seleccionado correctamente el tipo de documento de la persona que desee inscribir; igualmente puede validar los datos de esta persona por Consultar persona natural o Consultar persona jurídica, según el caso.
Si desea corregir la información de la persona natural o jurídica, debe generar un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000.
Los soportes que debe adjuntar son: certificado de existencia y representación legal no mayor a 30 días, para persona natural pantalla del error presentado y fotocopia legible del documento de identidad del ciudadano solicitante.
Señor usuario: en estos casos debe validar si existe una preasignación de placa ya autorizada para la entidad, para lo anterior, por favor ingrese por consulta información/ consultar automotor preasignado. Si arroja resultado significa que existe preasignación; si no arroja resultado es porque aún no se ha preasignado la placa y debe realizar dicho proceso.
El paso a paso lo encontraran en el instructivo Preasignación de placa OT RNA (código RUNT.I.63).
Señor usuario: si usted presenta este mensaje, quiere decir que se excedieron las modificaciones que tiene permitidas un automotor por lo que se deberá generar ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al * 1000. Se debe aportar acto administrativo y los soportes correspondientes a la normatividad vigente, igualmente se deberá cargar el acto administrativo a través del aplicativo HQ-RUNT.
Para los vehículos de carga no aplica este procedimiento ya que, de acuerdo con los comunicados: Radicado MT No. 20174000494331 del 17 de noviembre de 2017 y Radicado MT No.20174010531751 del 07 de diciembre de 2017 solo se permite una única modificación y no se realiza por HQ-RUNT. Para corrección de vehículos de carga se debe generar ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje, valide que el formato de la placa para la cual está radicando el trámite no corresponda a un formato antiguo.
Si corresponde a un formato antiguo, éste debe ser cambiado antes de la solicitud de cualquier otro trámite.
En caso de que el vehículo sí tenga un formato actualizado de placa, debe comunicarse a la mesa de ayuda o llamando al *1000.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje de error deberá realizar el reporte del caso por medio del *1000 informando la placa del vehículo para el cual se le presentó el mensaje. Las personas encargadas de brindarle soporte le informarán cuál es el Organismo de Tránsito que tiene el registro activo y así podrá realizar la gestión correspondiente.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje, deberá revisar que al momento de realizar el registro de la solicitud, los trámites relacionados en los comprobantes únicos de pago correspondan exactamente con los trámites a radicar o solicitados. Si tiene alguna duda con respecto a los trámites relacionados en el comprobante único de pago y liquidación, usted podrá realizar la consulta del detalle por medio de la funcionalidad Radicar/Entregar - Liquidar solicitud - Consultar datos de liquidación.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje y la liquidación fue generada realmente por su Organismo de Tránsito, cerciórese que el número de comprobante registrado o remitido es el correcto; si después de verificar que el número del CUPL está correcto, deberá realizar la apertura del respectivo requerimiento a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000 informando el número de la liquidación sobre la cual se está presentando el inconveniente.
Señor usuario: si a usted se le presenta este mensaje debe en primera instancia realizar la consulta por la funcionalidad Radicar/Entregar - Liquidar solicitud - Consultar datos de liquidación y verificar el estado de la liquidación. En caso tal que la misma aparezca en estado emitido, significa que el banco no ha realizado el reporte del pago para esa liquidación, razón por la cual deberá realizar la apertura del respectivo requerimiento a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000, para que se escale la solicitud y se verifique el pago contra los archivos de entidades bancarias.
Si el estado de la liquidación es pagado intente radicar nuevamente el trámite, ya que puede existir la posibilidad que el cambio del estado de la liquidación a pagado se haya actualizado después de la primera radicación. Si persiste el rechazo y el boletín define la misma causal se debe solicitar soporte por medio de la línea *1000 o a través de la línea nacional 018000930060 y en Bogotá al 4232221.
Señor usuario: si al momento de ingresar al aplicativo HQ-RUNT le aparece esta advertencia, la información de nombre de usuario o contraseña ingresada no es correcta, debe solicitar el reseteo de la clave mediante el formato que se encuentra en la página web en la sección Formatos (Formato Administración De Usuarios). Se recomienda tener en cuenta el instructivo interno que se encuentra dentro del formato. Para el envío de la información es necesario que genere un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al *1000 si cuenta con IP directa.
Si es usuario nuevo del sistema:
Debe realizar la solicitud de creación de usuario mediante el formato que se encuentra en la página en la sección Formatos (Formato Administración De Usuarios) Se recomienda tener en cuenta el instructivo interno que se encuentra dentro del formato. Para el envío de la información es necesario que genere un ticket a través de la herramienta Remedy o llamando al * 1000 si cuenta con IP directa.
Para más información sobre el proceso a seguir puede consultar el instructivo CTE.I.07 Creación de Usuarios y cambio de clave para el ingreso al HQ-RUNT. (Los instructivos pueden ser consultados en la opción “Instructivos y Manuales” de esta misma sección de la página web).