Por la cual se reglamenta el fondo para la sostenibilidad del RUNT
Por la cual se activa una validación para la expedición de la Licencia de Conducción
Por la cual se establece el procedimiento para la asignación de rangos de las Ordenes de Comparendo Único Nacional de Tránsito
Por la cual se activan unas validaciones y se adopta una medida para interactuar con el Registro Unico Nacional de Tránsito RUNT.
Por la cual se concede un plazo adicional a los Centros de Enseñanza Automovilistica o Escuelas, Academias de Automovilismo para que se ajusten a los requisitos determinados en el Decreto 1500 de 2009 y la resolución de 2009 proferida por el Ministerio de Transporte.
Por la cual se adopta la Ficha Técnica para la elaboración de la especie venal. Terjeta de Servicios Vehicuos de Enseñanza Automovilistica, se establecen los mecanismos de control y se dictan otras disposiciones.
Como es de todos los conocimientos de todos los Organismos de Tránsito y de la ciudadania en general, el proceos de Autodeclaración para la actualización y depuración de la información del Registro Nacional Automotor-RNA-en virtud del parágrafo 5º del artículo 8º de la Ley 769 de 2002, vence el próximo 31 de Julio de 2009.
El Ministerio de Transporte informa que el artículo 8º de la Ley 769 de 2002, determina que el Registro único Nacional de Tránsito -RUNT integrará entre otros registros, el Registro Nacional de Automotores que reúne los datos necesarios para determinar la propiedad, características y situación jurídica de los vehiculos automotores terrestres.
En mi calidad de primera autoridad de tránsito a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 769 de 2002 acorde con la facultad de definir la ejecución de la política nacional en materia de tránsito, me permito recordarles que ustedes deben estar en coordinación total, permanente y obligatoria con el Registro Único Nacional de Trámsito -RUNT- y, además deben implementar una estrategia de actualización de los Registros, tal como lo ha reiterado este Ministerio desde el año 2003.
Entidades Financieras autorizadas para realiar recaudo de derechos del Ministerio de Transporte por concepto de asignacion de rangos de especies venales.